Cuales Son Los Elementos Del Estado


En general, se puede afirmar  que existen una serie de elementos básicos que caracterizan al Estado y nos permiten diferenciarlo de otros actores internacionales. Tales elementos podemos agruparlos en dos categorías:


1. Elementos materiales o sociológicos
a) Una población.
b) Un territorio.
c) Una organización político-económica.


 2. Elementos formales o jurídicos
 a) La soberanía estatal.
 b) El reconocimiento como sujeto internacional.

Población:

La población Resulta obvio que puesto que el Estado  es una forma específica de organización social de las relaciones, las características que presenten los individuos que forman parte de esa sociedad afectará a sus posibilidades de intervención en los asuntos internacionales. Sin duda, los rasgos que más directa y significativamente afectan a la estructura estatal vienen determinados  por la existencia de uno o varios grupos populares y de uno o varios grupos nacionales. Pero el número también influye en el protagonismo internacional del Estado, como veremos en el capítulo siguiente. Para llegar a alcanzar la cualidad de gran potencia o de superpotencia, un Estado debe contar con una población elevada que permita garantizar un poderío militar y económico susceptible de fundamentar su hegemonía exterior frente a otros estados.

El territorio:
 El territorio o espacio nacional de un Estado, aunque debe estar claramente definido gracias a una delimitación fronteriza respecto de los estados vecinos, no puede contemplarse como una realidad espacial estática. En efecto, el ámbito geográfico propio de un  Estado puede cambiar, ampliándose o reduciéndose, en el transcurso de los siglos. Es más, la aspiración a lograr la ocupación territorial, primero, y político-económica, más tarde, por ciertos estados ha sido uno de los fines que más directa y permanentemente han influido en la política exterior de los estados y, por tanto, en las relaciones internacionales.

La soberanía del Estado:
El principio de la soberanía del Estado, en términos estrictamente jurídicos, podemos definirlo con GONIDEC  como  la exclusividad, autonomía y plenitud de fa competencia  del Estado.  La exclusividad de la competencia  significa que únicamente aquellas autoridades y órganos facultados por el ordenamiento jurídico-político como representativos del Estado gozan de la cualificación para ejercer las competencias habitualmente reconocidas a todo Estado, tanto por el ordenamiento interno como internacional. A tenor de este principio, cualquier otra entidad, grupo social o individuo perteneciente a un Estado se encuentra incapacitado para  actuar, obligando en términos jurídicos y políticos internacionales en nombre del Estado, más allá del Gobierno o de los órganos de la Administración estatal.

El reconocimiento del Estado:
 Para que un Estado pueda gozar plenamente de su soberanía en el plano internacional y, por tanto, para que pueda ejercer plenamente su cualidad de sujeto de derechos y obligaciones internacionales debe lograr el reconocimiento de los demás estados que integran la sociedad internacional. El reconocimiento, pues,  es el acto o actos en virtud del cual los estados existentes en la sociedad internacional, en un momento histórico determinado, admiten la existencia de un nuevo Estado y establecen vínculos jurídicos internacionales con él.

1 comentario:

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